jueves, 1 de abril de 2010

FERNANDO LUGO VIOLA CONSTITUCION NACIONAL Y JUICIO POLÍTICO SE ACERCA

FERNANDO LUGO VIOLA CONSTITUCION NACIONAL Y JUICIO POLÍTICO SE ACERCA

Más motivos para juicio político al cura Fernando Lugo surgieron ayer con nombramientos que contravienen la Constitución Nacional, en un nuevo despropósito de un gobierno que ya tiene todos los vicios que tanto criticaba a los anteriores.

El decreto Nº 4154 firmado por el presidente Fernando Lugo mediante el cual nombra al canciller Héctor Lacognata como consejero de Itaipú siendo ministro, viola abiertamente la Constitución Nacional.

Según los jurisconsultos, la Carta Magna estipula de forma sencilla y clara en los artículos 237 y 241 que los ministros tienen las mismas limitaciones que se aplican al Presidente de la República así como al Vicepresidente.

“Hay una clara falta de tino y de ética en el nombramiento. Estas situaciones generan un abuso de poder y caen dentro de una definición global de corrupción”, señalaron conocidos miembros del foro paraguayo.

ARTICULO 237

DE LAS INCOMPATIBILIDADES
El Presidente de la República y el Vicepresidente no pueden ejercer cargos públicos o privados, remunerados o no, mientras duren en sus funciones. Tampoco pueden ejercer el comercio, la industria o actividad profesional alguna, debiendo dedicarse en exclusividad a sus funciones.


ARTICULO 241

DE LOS REQUISITOS, DE LAS INCOMPATIBILIDADES Y DE LAS INMUNIDADES
Para ser Ministro se exigen los mismos requisitos que para el cargo de Diputado. Tienen, además, iguales incompatibilidades que las establecidas para el Presidente de la República, salvo el ejercicio de la docencia. No pueden ser privados de su libertad, excepto en los casos previstos para los miembros del Congreso.

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